Inmuebles En Gran Canaria: Ocupantes Ilegales Y Los Derechos De Los Propietarios
Publicada en Legal y FiscalACTUALIZACIÓN DE ESTE POST En 2023, los cambios en la legislación dificultan la desocupación. Estamos a la espera de ver como se constituye el nuevo gobierno para ver si hay cambios que mejoren la protección de los propietarios. En cualquier caso, siempre recomendamos la instalación de un sistema de alarma en segundas residencias o casas desocupadas.
Los ocupantes ilegales son conocidos como Okupas en España y las Islas Canarias. En Gran Canaria son un problema raro pero complejo. Entender las leyes españolas que rigen los derechos de los propietarios y de los ocupantes ilegales es una forma importante de salvaguardar su propiedad y hacer frente a los okupas.
Si alguien ocupa su propiedad en España, es culpable de uno de los dos posibles delitos:
- Allanamiento de morada. Si los okupas entran sin permiso en una propiedad que es habitable (amueblada y conectada a los servicios esenciales para la habitabilidad, como agua y electricidad), están cometiendo un delito conocido como “allanamiento de morada”. En estos casos la policía suele actuar inmediatamente para desalojarlos de la propiedad. Además, es un delito castigado con penas de 6 meses a 2 años de prisión, por lo que es bastante infrecuente.
- Usurpación de inmueble. Si los okupas entran en un inmueble que no es habitable, cometen el delito menor español de “usurpación de inmueble”, que equivale a la ocupación. En este caso, el proceso de desalojo es más largo. Por eso es el caso más frecuente de ocupación: el delito es menor y el tiempo que pueden permanecer en el inmueble es mayor.
Okupas en casas de vacacionales y segundas residencias
Una casa vacacional o segunda residencia se considera una vivienda según la legislación española siempre que esté amueblada y conectada a los servicios esenciales. Esta interpretación ha sido introducida hace relativamente poco tiempo por una decisión de la Fiscalía General del Estado en septiembre de 2020, aumentando en gran medida la protección de los propietarios de segundas residencias.
Cualquiera que entre en una propiedad en este estado es culpable de un delito permanente según la legislación española y puede ser desalojado inmediatamente. Hay dos opciones para el desalojo:
- Acción policial. Si su propiedad está ocupada, notifique inmediatamente a la policía. Al tratarse de un delito permanente, se considera delito flagrante y la policía puede actuar inmediatamente para desalojar a los ocupantes. Sin embargo, el desalojo no puede llevarse a cabo si los ocupantes aportan un contrato de alquiler (aunque pueda parecer falso), o facturas de servicios públicos a su nombre, ya que la policía no evaluará la validez de estos documentos, y sólo puede llevar a cabo una investigación e informar al tribunal. En ese caso, no tendrá más remedio que acudir a los tribunales.
- Demanda judicial. Cuando la acción policial es infructuosa, se puede acudir a los tribunales por la vía civil y solicitar la recuperación del inmueble con un procedimiento judicial especial y rápido llamado “interdicto posesorio”. El juzgado, tras recibir dicha solicitud, dará un plazo de cinco días a los ocupantes para que aporten el título de ocupación de la vivienda, y si no lo hacen, serán desalojados inmediatamente. Esta opción no es válida si el propietario es una empresa, en cuyo caso habría que acudir a otro tipo de procedimiento civil, que es más lento.
Medidas para prevenir la ocupación ilegal en Gran Canaria
Para asegurarse de que su propiedad está clasificada como vivienda habitable en el caso de los okupas, mantenga el agua y la electricidad conectadas cuando no esté utilizando la propiedad. También es aconsejable tener instalado un sistema de alarma que le avise en cuanto alguien entre en su vivienda de vacaciones sin permiso.
Otro consejo importante es que las facturas de los servicios públicos se envíen a su residencia principal o por correo electrónico en lugar de su propiedad vacacional. Los datos personales de las facturas pueden ser utilizados por los ocupantes ilegales para cambiar las cuentas a su nombre o falsificarlas.